Por: Daniela Guzmán Franco

Pedro* es el primer heredero de un sacerdote gay en el país. Su historia de vida no es muy distinta

Por: Daniela Guzmán Franco

Pedro* es el primer heredero de un sacerdote gay en el país. Su historia de vida no es muy distinta a la de una pareja heterosexual. Durante 28 años de relación, Pedro se dedicó de lleno a las tareas domésticas. Nunca tuvo un trabajo. Siempre dependió económicamente del aquel sacerdote anónimo que murió el 10 de mayo de 2008. Fecha en que su vida cambió para siempre. Además de perder a su compañero permanente, Pedro enfrentó una crisis económica que –según cuenta en un proceso judicial– sobrellevó gracias a la caridad de algunos amigos. Ante la ausencia de quien llevaba las riendas económicas del hogar, pidió que se le cediera la pensión de jubilación del sacerdote, que según un documento del Instituto Seguro Social era de $689.939.

 

Pedro tuvo que esperar cuatro años para que la justicia le diera la razón. Sus mayores obstáculos fueron su orientación y el voto de castidad que dio su pareja a la iglesia. En varias ocasiones su solicitud le fue negada. Pero todo cambió cuando en 2011 hizo llegar a la Corte Constitucional una tutela en contra el Instituto de Seguros Sociales, donde fue elegida por el magistrado ponente, Luis Ernesto Vargas Silva, junto a un caso similar, el de dos lesbianas. Luego de un largo proceso cargado de argumentos, la Corte se pronunció a favor de Pedro. Su historia es el inicio de un nuevo capítulo en los derechos de las parejas homosexuales en el país.

 

El camino judicial que tuvo que recorrer Pedro junto al abogado Gustavo Rincón Perfetti –quien lleva una década defendiendo los derechos de la comunidad gay– no fue fácil. Mientras cada una de las partes justificaba sus decisiones, el cumplimiento de sus derechos parecía lejano.

 

Pedro y el sacerdote sostuvieron una relación clandestina durante 28 años.

 

La primera institución a la que Pedro acudió fue el Seguro Social. Allí, en un documento de tres hojas, le respondieron que era necesario abrir una investigación para comprobar que Pedro era la pareja estable del sacerdote. El mismo documento, sustentándose en los votos de castidad, daba poca credibilidad a Pedro.

 

El siguiente paso fue el juzgado Décimo Civil del Circuito de Bogotá, que determinó que Pedro no probó claramente su condición económica y por esa razón no le podían otorgar la pensión. De allí, el proceso pasó a la sala civil del Tribunal Superior de Bogotá, el cual definió, con relación a Pedro, que no se trataba de una persona de la tercera edad y no tenía personas a cargo. Además, sus condiciones físicas o de salud no le impedían trabajar ni se encontraba en situación de pobreza extrema.

 

Luego de varios tropiezos y negativas, el panorama judicial se despejó en la Corte Constitucional. Allí Pedro presentó una tutela contra el Instituto de Seguros Sociales en la que argumentó que “al considerar que la negativa en el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevinientes vulnera sus derechos constitucionales a la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad, la honra, la igualdad, el mínimo vital y la seguridad social”.

 

Con la sentencia, la Corte Constitucional abre el camino para garantizar los derechos a las parejas homosexuales.

 

El pasado lunes 7 de mayo se dio a conocer una sentencia de la Corte a favor de Pedro. La noticia comenzó a rodar en los medios de comunicación nacionales y trascendió en el exterior. Fue publicado por el diario El Clarín de Argentina, La BBC de Londres y Elmundo.es de España. Por primera vez, la pareja de un sacerdote homosexual recibiría una pensión.

 

Los argumentos de la Corte Constitucional para tomar la decisión se basaron en la libertad de elegir la orientación e identidad sexual. El poder decidir con quién y en qué condiciones se conforma un proyecto de vida estable. En relación con la negativa del sistema de seguridad social en pensiones, dijo que habían caído en discriminación y exclusión.

 

Pero la corte fue más allá: argumentó que por su edad –57 años– Pedro no pudo encontrar trabajo y, además, siempre estuvo alejado del ámbito laboral porque asumió las tareas domésticas dentro de la unión marital con el sacerdote.

 

Durante el proceso se incluyeron documentos en los que el sacerdote aseguró que Pedro fue su compañero durante varios años. Además, amigos de la pareja testificaron conocerlos hace más de 20 años.

 

La Corte Constitucional, en 31 páginas, explicó su decisión final, que pasará a la historia y transformó la jurisprudencia. Páginas donde no se nombra la palabra sacerdote porque ese no era el dilema a resolver. La sentencia abre el camino de los derechos de las parejas homosexuales.

 

*Nombre que fue usado en la sentencia de la Corte Constitucional T-716/11.

Publicada en KIEN & KE

 

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