Por Ámbito Jurídico
Resultado de imagen para abandono de adultos mayoresJun 5/17. Esta

es la principal propuesta de un proyecto de ley al que solo le falta el último debate en la plenaria del Senado.
 
La iniciativa modificaría el  Código Penal  en el sentido de agregar un agravante al delito de violencia intrafamiliar cuando el mismo se cometa en contra de un adulto mayor. Concretamente, la pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes cuando la conducta involucre a una persona mayor de 60 años. Actualmente, la pena de prisión por este delito está contemplada entre cuatro y ocho años.
 
Ahora bien, quien mediante la fuerza restrinja la libertad de locomoción de un adulto mayor incurrirá en prisión de 16 a 36 meses de prisión y multa de 1,33 a 24 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smmlv).
 
También se adicionaría el Código Penal para crear el delito de maltrato por descuido, negligencia o abandono en persona mayor de 60 años.
 
Esta conducta se configurará cuando se someta a condición de abandono y descuido a un adulto mayor generando afectación en sus necesidades de higiene, vestuario, alimentación y salud, este delito será castigado con prisión de cuatro a ocho años y multa de 1 a 5 smmlv.
 
Vale la pena mencionar que el abandono por parte de la institución a la que le corresponde el cuidado del adulto será causal de la cancelación de los permisos o conceptos favorables de funcionamiento y multa de 20 smmlv.
 
Por último, la iniciativa modificaría la  Ley 1315 del 2009,  en el sentido de establecer como obligación de los centros de protección social y de día acoger a los adultos mayores afectados por casos de violencia intrafamiliar como medida de protección y prevención.
 
Senado de la República, Ponencia proyecto de ley 115/15C-126/16S, 31/05/17

Ambito Jurídico

 

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